YATI EN EXPECTATIVA POR EVENTOS
JUDICIALES.
Por: Voceros de
la Comunidad.
TEMAS de carácter
Judicial Tienen a la Comunidad de Yatí en celosa expectativa, por cuanto por Auto sustanciación
No. 189 de fecha 13 de Mayo 2015, EMANADO DEL JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO de Cartagena, tanto el Alcalde, como el Concejo de Magangué
están al filo de una INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA, por actuaciones Judiciales
que cursan motivadas por Yatí, Y HOY, 25 DE JUNIO HAY UNA EXTRAÑA SESIÓN en Magangué DEL TRIBUNAL que tiene el caso.
La Juez Quinto
Administrativo de Bolívar motivó dichas
investigaciones por incumplimientos del Alcalde de Magangué y del Concejo
Municipal, a los Pedidos HECHOS POR ESE JUZGADO EN LAS FECHAS, del 8 de Octubre 2014, 27 de Enero de 2015 y 20
de Febrero de 2015 DESACATADOS por el Municipio de Magangué, con relación a la ACCIÓN
DE NULIDAD QUE YATI tiene en curso, en este mismo Despacho.-
La situación
que se describe a continuación dicen los Yaticeros, LE DA RAZONES a Yatí, para estar expectante frente al hecho
de reunirse en Magangué, el Tribunal Contencioso Administrativo de
Bolívar, y esta comunidad dice tener razón, por cuanto LA
OTRA ACCIÓN CONSTITUCIONAL, UNA ACCIÓN POPULAR que fue impetrada por la
comunidad de Yatí en el año 2013, Y LA CUAL FUE FALLADA A FAVOR DE YATI, por el
Juzgado Segundo Administrativo de Bolívar, FUE APELADA y pasó a segunda instancia Y ES PRECISAMENTE
EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO el Organismos Superior Judicial a quien
le corresponde dar el veredicto final
sobre esta acción constitucional para dejarla en firme A FAVOR DE YATÍ, COMO SE ESPERA o denegarla. Y en caso de ratificarla, como
lo espera la comunidad Yaticera, dada la fuerte carga de pruebas que se
aportaron y que condujeron a que el pueblo la ganara PARA QUE SE LE HAGAN UNAS
OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DE LAS CUALES ADOLECE YATÍ con costos a cargo del Municipio de Magangué.
La comunidad
reconoce que no sabe qué se va a tratar en ese reunión del Tribunal, pero de todos modos está inquieta con ese acto, por
las razones aquí expuestas.
El dia
Jueves, 25 de junio de 2015, se producirá ese evento en Magangué, de esos que
raras veces ocurren en Colombia. Se
trata de UNA SESIÓN QUE REALIZARÁ el Tribunal Contencioso Administrativo de
Bolívar, con la presencia de varios Jueces en esta cabecera municipal. Lo que
llama la atención para la comunidad de Yatí es que este inusual suceso se
produce en un momento en que PESAN CONTRA la Alcaldía de Magangué, y con el
CONCEJO MUNICIPAL una seria INVESTIGACIÓN JUDICIAL, que ha iniciado el Juzgado
quinto Administrativo de Cartagena, basada dicha investigación en una ACCIÓN DE
NULIDAD impetrada contra la Alcaldía de Magangué, y contra el Concejo de este
mismo municipio y cuya ACCIÓN CONSTITUCIONAL, reclama a favor de Yatí LA
RESTAURACIÓN DE LA CONDICIÓN DE CORREGIMIENTO.
Los actores
de la acción en referencia son DOS abogados de Cartagena, uno con especialidad
en Derecho Constitucional y el otro con especialización en Derecho Laboral,
ellos son los Doctores Carlos Alberto Schmalbach Silva y el Doctor Alejandro
Alvarez, QUIENES no siendo YATICEROS, han conocido el caso DE LAS GRANDES
INJUSTICIAS a que ha estado sometido
Yatí, y de manera voluntaria DECIDIERON IDENTIFICARSE CON ESTE PUEBLO para
impetrar la acción de nulidad, acto que ha prosperado agradablemente a favor de
Yatí, hasta el punto que como ya se dijo, TANTO EL SEÑOR ALCALDE COMO EL
CONCEJO actual de Magangué están al filo de una investigación por mala
conducta, según lo ha expresado el Juzgado Quinto Administrativo de Cartagena,
POR LOS SIGUIENTE HECHOS:
1.- Por tres
ocasiones el Juzgado 5to. Que viene dicho, ha requerido a la Alcaldía de Magangué,
y por igual al CONCEJO de esta misma
municipalidad que reporten a.-) Copia auténtica del Acuerdo de Conejo No. 046
del 3 de Octubre de 1995, mediante el cual Yatí sufrió el descenso de
Corregimiento a barrio y NI EL CONCEJO ni LA ALCALDÍA han reportado dicho acto
de Concejo; b.) En los mismo requerimiento, el Juez 5to. De Cartagena pidió a
estos mis organismos municipales de Magangué, COPIA AUTÉNTICA DEL ACTA DE
SANCIÓN al citado acuerdo 046 de Octubre 3 de 1995, y pese a que esto fue
solicitado con triple reiteración, NUNCA LLEGARON AL DESPACHO Judicial solicitante
(Juzgado 5to. Administrativo de Bolívar).-.
El interés
del Juzgado en referencia, tienen por objeto surtir las formalidades del debido
proceso, dándole con ello el Despacho en cuestión a Magangué la oportunidad de
demostrar si el acuerdo 046 de 1995, emanado con Concejo municipal existen y si
cumplieron los trámites constitucionales y de Ley PARA LUEGO PROCEDER la Juez
5to. Administrativa a emitir un FALLO sobre la solicitud de ACCIÓN DE NULIDAD
en mención, para dar por anulado dicho acuerdo de concejo y devolverle a Yatí, -
SI TIENE LA RAZÓN – su condición de Corregimiento, O PARA descartar las pretensiones
de la acción de nulidad impetrada por
los abogados cartageneros.
2.- Las
OMISIONES a dichos Requerimiento Judiciales, por parte de la Alcaldía Magangueleña y el respectivo Concejo
municipal, SON LAS RAZONES QUE LLEVARON a la Juez 5to. Administrativa de Bolívar,
a solicitarle a la Procuraduría Provincial de Magangué QUE INICIE EL PROCESO DE
INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA contra los funcionarios de está alcaldía por NO
REPORTAR LOS DOCUMENTOS PEDIDOS.-
La comunidad
de Yatí espera que si el tema de Yatí, hace parte de la agenda de dicha sesión,
HAYA MESURA, ÉTICA y JUSTICIA en los
criterios de los Magistrados.
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