miércoles, 24 de junio de 2015

YATI EN EXPECTATIVA POR EVENTOS JUDICIALES.

YATI EN EXPECTATIVA POR EVENTOS JUDICIALES.
                                                                                                         Por: Voceros de la Comunidad.
TEMAS de carácter Judicial Tienen a la Comunidad de Yatí en celosa expectativa, por cuanto por Auto sustanciación No. 189 de fecha 13 de Mayo 2015, EMANADO DEL JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO de Cartagena, tanto el Alcalde, como el Concejo de Magangué están al filo de una INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA, por actuaciones Judiciales que cursan motivadas por Yatí, Y HOY, 25 DE JUNIO HAY UNA EXTRAÑA SESIÓN en Magangué DEL TRIBUNAL que tiene el caso.



La Juez Quinto Administrativo de Bolívar  motivó dichas investigaciones por incumplimientos del Alcalde de Magangué y del Concejo Municipal, a los Pedidos HECHOS POR ESE JUZGADO EN LAS FECHAS, del  8 de Octubre 2014, 27 de Enero de 2015 y 20 de Febrero de 2015 DESACATADOS por el Municipio de Magangué, con relación a la ACCIÓN DE NULIDAD QUE YATI tiene en curso, en este mismo Despacho.-

La situación que se describe a continuación dicen los Yaticeros, LE DA RAZONES  a Yatí, para estar expectante frente al hecho de reunirse en Magangué, el Tribunal Contencioso Administrativo de Bolívar,  y  esta comunidad dice tener razón, por cuanto LA OTRA ACCIÓN CONSTITUCIONAL, UNA ACCIÓN POPULAR que fue impetrada por la comunidad de Yatí en el año 2013, Y LA CUAL FUE FALLADA A FAVOR DE YATI, por el Juzgado Segundo Administrativo de Bolívar, FUE APELADA  y pasó a segunda instancia Y ES PRECISAMENTE EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO el Organismos Superior Judicial a quien le corresponde  dar el veredicto final sobre esta acción constitucional para dejarla en firme  A FAVOR DE YATÍ, COMO SE ESPERA  o denegarla. Y en caso de ratificarla, como lo espera la comunidad Yaticera, dada la fuerte carga de pruebas que se aportaron y que condujeron a que el pueblo la ganara PARA QUE SE LE HAGAN UNAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DE LAS CUALES ADOLECE YATÍ con costos  a cargo del Municipio de Magangué.  
La comunidad reconoce que no sabe qué se va a tratar en ese reunión del Tribunal, pero  de todos modos está inquieta con ese acto, por las razones aquí expuestas.

El dia Jueves, 25 de junio de 2015, se producirá ese evento en Magangué, de esos que raras veces  ocurren en Colombia. Se trata de UNA SESIÓN QUE REALIZARÁ el Tribunal Contencioso Administrativo de Bolívar, con la presencia de varios Jueces en esta cabecera municipal. Lo que llama la atención para la comunidad de Yatí es que este inusual suceso se produce en un momento en que PESAN CONTRA la Alcaldía de Magangué, y con el CONCEJO MUNICIPAL una seria INVESTIGACIÓN JUDICIAL, que ha iniciado el Juzgado quinto Administrativo de Cartagena, basada dicha investigación en una ACCIÓN DE NULIDAD impetrada contra la Alcaldía de Magangué, y contra el Concejo de este mismo municipio y cuya ACCIÓN CONSTITUCIONAL, reclama a favor de Yatí LA RESTAURACIÓN DE LA CONDICIÓN DE CORREGIMIENTO.



Los actores de la acción en referencia son DOS abogados de Cartagena, uno con especialidad en Derecho Constitucional y el otro con especialización en Derecho Laboral, ellos son los Doctores Carlos Alberto Schmalbach Silva y el Doctor Alejandro Alvarez, QUIENES no siendo YATICEROS, han conocido el caso DE LAS GRANDES INJUSTICIAS  a que ha estado sometido Yatí, y de manera voluntaria DECIDIERON IDENTIFICARSE CON ESTE PUEBLO para impetrar la acción de nulidad, acto que ha prosperado agradablemente a favor de Yatí, hasta el punto que como ya se dijo, TANTO EL SEÑOR ALCALDE COMO EL CONCEJO actual de Magangué están al filo de una investigación por mala conducta, según lo ha expresado el Juzgado Quinto Administrativo de Cartagena, POR LOS SIGUIENTE HECHOS:
1.- Por tres ocasiones el Juzgado 5to. Que viene dicho, ha requerido a la Alcaldía de Magangué, y  por igual al CONCEJO de esta misma municipalidad que reporten a.-) Copia auténtica del Acuerdo de Conejo No. 046 del 3 de Octubre de 1995, mediante el cual Yatí sufrió el descenso de Corregimiento a barrio y NI EL CONCEJO ni LA ALCALDÍA han reportado dicho acto de Concejo; b.) En los mismo requerimiento, el Juez 5to. De Cartagena pidió a estos mis organismos municipales de Magangué, COPIA AUTÉNTICA DEL ACTA DE SANCIÓN al citado acuerdo 046 de Octubre 3 de 1995, y pese a que esto fue solicitado con triple reiteración, NUNCA LLEGARON AL DESPACHO Judicial solicitante (Juzgado 5to. Administrativo de Bolívar).-.

El interés del Juzgado en referencia, tienen por objeto surtir las formalidades del debido proceso, dándole con ello el Despacho en cuestión a Magangué la oportunidad de demostrar si el acuerdo 046 de 1995, emanado con Concejo municipal existen y si cumplieron los trámites constitucionales y de Ley PARA LUEGO PROCEDER la Juez 5to. Administrativa a emitir un FALLO sobre la solicitud de ACCIÓN DE NULIDAD en mención, para dar por anulado dicho acuerdo de concejo y devolverle a Yatí, - SI TIENE LA RAZÓN – su condición de Corregimiento, O PARA descartar las pretensiones de la  acción de nulidad impetrada por los abogados cartageneros.

2.- Las OMISIONES a dichos Requerimiento Judiciales, por parte de la Alcaldía Magangueleña y el  respectivo Concejo municipal, SON LAS RAZONES QUE LLEVARON a la Juez 5to. Administrativa de Bolívar, a solicitarle a la Procuraduría Provincial de Magangué QUE INICIE EL PROCESO DE INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA contra los funcionarios de está alcaldía por NO REPORTAR LOS DOCUMENTOS PEDIDOS.-


La comunidad de Yatí espera que si el tema de Yatí, hace parte de la agenda de dicha sesión, HAYA MESURA, ÉTICA y  JUSTICIA en los criterios de los Magistrados.

lunes, 22 de junio de 2015

15.000 MILLONES

HAY MAS DE $15.000 MILLONES PARA YATI Y HAY QUE PELEARLOS
YATI DUERME, MIENTRAS OTROS AVANZAN.
Ha sido NOTABLE, la indiferencia de los YATICEROS tanto los residentes como los hijos de este pueblo que hoy residen y se han instalado en otras localidades de Colombia o el Exterior. Basta con DECIR que solo son 294 quienes firmaron la ACCIÓN POPULAR que se ganó en la Jurisdicción Administrativa Judicial Bolívar, con sede en Cartagena. LOGRO QUE JAMÁS HABÍA ALCANZADO YATÍ, para QUE SE LE HAGAN 5 OBRAS DE INFRAESTRUCTURA y recuperar SU CALIDAD DE CORREGIMIENTO.
HAGA CLIC EN “COMPRAR” Vr. EN PESO$$ COLOMBIANOS.
VER AQUÍ TODA LA INFORMACIÓN DEL PROCESO:  http://goo.gl/JRbt6T
LOS RECURSOS ESTÁN CONSEGUIDOS Y CORREN EL RIESGO DE SER DESVIADOS A OTROS FINES POR NEGLIGENCIA DEL ALCALDE EN NO RETIRAR LA APELACIÓN EN EL TRIBUNAL-



¿Y por qué cabe decir QUE YATÍ DUERME? Porque ESE IMPORTANTE FALLO FUE APELADO por el Municipio de Magangué, DEMOSTRANDO UNA VEZ MÁS SU DESPRECIO POR YATI, LA APATÍA POR EL DESARROLLO DE ESTE SUFRIDO PUEBLO. Sí, EL MENSAJE DEPLORABLE que el municipio de Magangué Le manda a YATÍ ES: “Pueblo te odio”, “estoy en contra de tu desarrollo, Yatí, dice Magangué”, CON ESA APELACIÓN. Ni más, ni menos, señores Yaticeros.
De interés, recursos Todos con el 15% de Descuento.
Pagaderos `por PayPal a este email: orodenrio@gmail.com
CON TODO, merodean los políticos de turno, los mismos que han sido y siguen siendo los culpables del GRAN ATRASO DE ESTE PUEBLO. Pero lo más triste de todo esto, ES QUE ESOS, CONSIGUEN SEGUIDORES, coterráneos Yaticeros/as que les hacen el 2, siguen haciendo de cómplices, directa o indirectamente del sub desarrollo.
Como cosa extraña, se ha sabido en medios periodísticos, que el TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE BOLÍVAR, el Ente Judicial que TIENE EL CASO de la ACCIÓN POPULAR APELADA,  en referencia, en segunda instancia, VA A SESIONAR EN MAGANGUÉ.
¿Será que EL CASO DE DICHA ACCIÓN POPULAR SERÁ MATERIA TRATADA EN ESA SESIÓN…….???? Qué opina usted, lector?  Y SI ASÍ FUERA…….. ¿………….?. SIGA LEYENDO. http://minutasjuridicas.blogspot.com.co/2015/12/yati.html#.Vo5Q_fnhCUk
TODAVÍA NO SE PRODUCE LA REUBICACIÓN DE LA REALIDAD JURÍDICO-ADMINISTRATIVA DE Magangué. ¿Cuál? 1) Su reubicación en CATEGORÍA 4, QUE SEGÚN LA LEY 1551 DE 2012, consagra, Magangué tiene que reducir su TAMAÑO, quedándose solo con 9 CONCEJALES, PUES, LOS MUNICIPIOS EN ESA CATEGORÍA solo pueden tener hasta 10.000 habitantes máximo Y 9 CONCEJALES EN EL CABILDO, y no 17 como está hasta ahora.


2) LIBERAR AL MENOS 2 MUNICIPIOS DEL TERRITORIO ACTUAL QUE OCUPA. Y esos dos municipios INVARIABLEMNTE, TENDRÁN QUE SER YATÍ, Y CASCAJAL.

De interés, recursos Todos con el 15% de Descuento.
Pagaderos `por PayPal a este email: orodenrio@gmail.com